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Modelo 111: Retención a cuenta sobre actividades profesionales

Actualizado el
03 Nov 2025
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Modelo 111 gestiona las retenciones trimestrales sobre salarios y facturas profesionales. Piense en ello como su forma de informar y pagar el impuesto sobre la renta que ha retenido de los pagos a empleados u otros profesionales. Hacerlo bien significa mantenerse en buenos términos con las autoridades fiscales españolas y evitar sanciones que pueden interrumpir el flujo de su negocio.

Cuándo presentar el Modelo 111

Debes presentar el Modelo 111 trimestralmente, con unos plazos concretos que nunca cambian:

  • Primer trimestre: 20 de abril
  • Segundo trimestre: 20 de julio
  • Tercer trimestre: 20 de octubre
  • Cuarto trimestre: 20 de enero del año siguiente

Marque ya estas fechas en su calendario. Incumplir un plazo conlleva sanciones automáticas, y los importes pueden acumularse rápidamente. La Agencia Tributaria no envía recordatorios amistosos, por lo que mantenerte organizado con tu calendario de presentación se convierte en tu responsabilidad.

¿Quién debe presentar el Modelo 111?

No todos los autónomos deben preocuparse por el Modelo 111. Debes presentar este modelo si:

  • Pagas nóminas a empleados y les retienes el IRPF
  • Realizas pagos a otros profesionales o autónomos en los que aplicas retenciones
  • Actuar como agente retenedor de cualquier servicio profesional

Si trabajas solo, sin empleados ni subcontratas, es probable que no necesites este modelo. Pero en el momento en que empieces a pagar a otros por sus servicios, el Modelo 111 pasará a formar parte de tu rutina trimestral.

Errores comunes que debes evitar

Tres errores hacen tropezar a la mayoría de los autónomos a la hora de presentar el Modelo 111:

  • Porcentajes de retención erróneos: Diferentes servicios profesionales requieren diferentes porcentajes de retención. Utilizar el 15% cuando debería aplicar el 7% crea problemas que tardan meses en resolverse. Compruebe siempre el tipo correcto para cada tipo de pago.
  • Incumplimiento de los plazos trimestrales: La presentación fuera de plazo desencadena sanciones que comienzan inmediatamente. La Agencia Tributaria calcula los recargos en función del retraso en la presentación y de lo que deba. Unos pocos días pueden costarle mucho dinero.
  • Datos de identificación incorrectos: Los NIF, direcciones o datos de la empresa erróneos invalidan su presentación. Compruebe dos veces cada detalle antes de presentarla, porque las correcciones requieren papeleo y explicaciones adicionales.

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